Los municipios afectados por los incendios de A Mezquita, Oímbra, Vilardevós y Verín son declarados zonas gravemente afectadas por una emergencia de protección civil

El Gobierno activa las ayudas para paliar los daños causados por la ola de incendios | NOTICIAS VERÍN

El incendio de Oímbra acabó calcinando la aldea de A Caridade (Monterrei). | FOTO: Noelia Caseiro.

El Gobierno ha habilitado el procedimiento para que todas las personas damnificadas por los recientes incendios forestales que asolaron nuestro territorio soliciten ayudas y subvenciones. En nuestras comarcas, el Consejo de Ministros ha declarado como zonas gravemente afectadas por una emergencia de protección civil -antigua zona catastrófica- los municipios afectados por los incendios de A Mezquita, Oímbra, Vilardevós y Verín

Esta decisión pone en marcha el mecanismo para poder acceder a diversas ayudas y subvenciones destinadas a paliar los graves daños sufridos. El acuerdo del Consejo de Ministros de ayer ya recoge las ayudas directas competencia del Ministerio del Interior; son las destinadas a paliar daños personales (por ley, exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas); materiales en vivienda y enseres; gastos de corporaciones locales; en establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, y a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes

En la comarca son cuantiosos los daños sufridos en el sector primario. En la imagen, una granja de vacuno de Santa Baia de Montes (Cualedro) afectada por el incendio que se inició en Oímbra. | FOTO: Noelia Caseiro. 

La cuantía de estas ayudas está regulada por el Real Decreto 307/2005. Una norma que define, por ejemplo, un máximo de 15 120 € para paliar daños materiales por destrucción total de la vivienda habitual, 18 000 € por el fallecimiento de personas y 9224 € por daños en establecimientos industriales, comerciales y de servicios.

Posible ampliación de medidas

A partir de aquí, la Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil contempla otras medidas que se podrán aplicar tras la declaración de un territorio como zona catastrófica. Por ejemplo, la concesión de determinados beneficios fiscales por parte del Ministerio de Hacienda como la exención de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, la reducción en el Impuesto sobre Actividades Económicas o la posibilidad de que el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico apruebe una exención de las tasas para gestiones como duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados, y también para la expedición del DNI. 

Los viñedos de la comarca han quedado arrasados por los incendios; en la foto, uno de los afectados por el fuego de Mourazos. | FOTO: Noelia Caseiro.

Además, se contemplan otras medidas de apoyo de distintos ministerios, como la aplicación de medidas laborales y de Seguridad Social, ayudas a las corporaciones locales y subvenciones específicas por los daños sufridos en las producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura -un aspecto fundamental para la economía de la comarca-. Los restantes departamentos ministeriales, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública ubicadas en las zonas afectadas por estas emergencias de protección civil.